05/07/2012
| ||
| Avanza proyecto de ley para otorgar pensión a los "movilizados" | ||
Diputados de la UCR, entre ellos Alfonsín, Gil Lavedra
y Stolbizer presentaron un proyecto para otorgar pensión
a los soldados exconscriptos durante el período del 2 de
abril al 14 de junio de 1982...
Proyecto de Ley Nº 1880-D-2012, trámite parlamentario Nº 22,
por el cual se conforma la Comision Bicameral de Analisis,
Revisión y Creación de la normativa relativa al
otorgamiento de pensiones para ex soldados conscriptos que
prestaron el servicio militar obligatorio, entre el 2 de abril
y el 14 de junio de 1982, durante el conflicto bélico
entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte, en el ámbito del Honorable Congreso Nacional.
Los firmantes del referido Proyecto de Ley son los diputados
nacionales de la UCR Víctor Hugo Maldonado, Elsa María Alvarez,
Juan Pedro Tunessi, Ricardo Gil Lavedra, Ricardo Alfonsín,
Fabián Rogel, Mario Negri, María Luisa Storani, Pablo Orsolini,
Miguel Bazze, Jorge Chemes, Jorge Alvarez, y la diputada
nacional del GEN Margarita Stolbizer.
Proyecto completo
COMISION BICAMERAL DE ANALISIS, REVISION Y CREACION DE LA NORMATIVA RELATIVA AL OTORGAMIENTO DE PENSIONES PARA EX - SOLDADOS CONSCRIPTOS QUE PRESTARON EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO ENTRE EL 2 DE ABRIL Y EL 14 DE JUNIO DE 1982 DURANTE EL CONFLICTO BELICO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE
Art. 1º: Créase en el ámbito del Poder Legislativo Nacional la "Comisión Bicameral de análisis, revisión y creación de la normativa relativa al otorgamiento de Pensiones para Ex Soldados Conscriptos que prestaron el servicio militar obligatorio entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982, durante el conflicto armado entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte". La misma estará integrada por doce senadores nacionales y doce diputados nacionales, elegidos por sus respectivos cuerpos, respetando la pluralidad de representación política de ambas Cámaras.
Art. 2º : En el plazo de ciento ochenta (180) días desde su conformación, la Comisión Bicameral propondrá la creación de las normas necesarias con el objeto de asegurar el otorgamiento de pensiones, beneficios o prestaciones de cualquier índole a favor de los Ex Soldados Conscriptos que prestaron el servicio militar obligatorio entre el 2 de Abril y el 14de Junio de 1982, durante el conflicto armado entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, debiendo emitir dictamen de todos los proyectos que se hubieran presentado o se presentaren con esa finalidad durante el lapso de su funcionamiento en ambas Cámaras del Congreso de la Nación.
Art. 3º: La Comisión Bicameral tendrá todas las facultades necesarias para cumplir con los fines para los que fue creada, pudiendo requerir informes de entes públicos o privados y organizaciones no gubernamentales o asociaciones civiles, convocar a audiencias y citar a funcionarios que tengan a su cargo o se desempeñen en áreas de gobierno vinculadas con la materia, a fin de recabar información relevante para las tareas de su competencia.
Art. 4º: La Comisión Bicameral instrumentará los procedimientos necesarios que aseguren la más amplia participación de las organizaciones y asociaciones de la sociedad civil, de veteranos de guerra y ex soldados conscriptos, debiendo dictar su propio Reglamento interno.
Art. 5 Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto expresa la voluntad política de reparar una deuda social que nuestro país tiene desde hace años, como otra de las graves consecuencias de la guerra de Malvinas.
Se trata de poner en efectiva vigencia un concreto resarcimiento económico que - amén del merecido reconocimiento histórico y moral- sirva de asistencia y contención a los ex - soldados conscriptos movilizados durante el conflicto al sur de nuestro país, donde arriesgaron sus vidas en defensa de la Patria para cumplir con su deber cívico, con honor y valentía.
A poco de cumplirse 30 años de la guerra de Malvinas seguimos en deuda con sus protagonistas principales. Los jóvenes soldados debieron afrontar una contienda bélica que les ha dejado huellas imborrables, tanto físicas como psicológicas, y reclaman aún equidad, justicia y solidaridad para reparar los perjuicios que han tenido y tienen que sobrellevar.
Fueron llevados a la guerra con 18 o 19 años de edad, con una instrucción militar mínima y en condiciones de extrema precariedad, sufrieron maltratos y vejaciones en muchos casos, sin opciones para resistir las órdenes impartidas y en el contexto de una dictadura militar donde cualquier acto de rebeldía entrañaba serios riesgos.
Los daños personales ocasionados a estos ex conscriptos de la guerra de Malvinas, sometidos muchas veces al abuso de autoridad y hasta un estado de servidumbre, afectaron su desenvolvimiento en la vida civil y les marcaron, en su gran mayoría, un futuro de angustia y desamparo que pocos han logrado superar.
Una vez finalizado el conflicto armado todo el personal movilizado y en particular los ex - conscriptos recibieron de parte de las fuerzas armadas, menciones de honor por haber participado en la contienda o por haber sido trasladados al teatro de guerra.
Se les otorgaron certificados de ex combatientes o de veteranos de guerra y al ser dados de baja se les incluyó en sus DNI una mención de su participación en el conflicto. De tal manera comenzaron a gozar beneficios de distinta índole, para los que resultaba indispensable presentar el correspondiente certificado de ex combatientes o veteranos de la guerra de Malvinas, conforme las Leyes 23109, 23848 y 24652, entre otras, que comprendían incluso becas de estudio, acceso a la salud, al trabajo, a la vivienda, etc.
Pero aconteció que entre 1994 y 1995 arbitrariamente se dejó de considerar como veteranos de guerra al personal que había participado en las bases estratégicas y unidades militares desplegadas en territorio continental, por lo que les fue negado a aquellas personas la certificación de veteranos o ex combatientes de Malvinas.
Se consideró desde entonces que no tenían derecho a los beneficios de la legislación vigente, con motivo de una interpretación muy acotada al denominado teatro de operaciones, (TOAS) Teatro de Operaciones del Atlántico Sur que comenzaba a regir desde las doce millas de la costa y, en consecuencia, no se consideraban comprendidos en el mismo, a los efectivos desplegados sobre el territorio continental.
A partir de ello, la situación de los soldados conscriptos movilizados hacia cualquier destino que le asignaron dentro del TOAS es de notoria injusticia y desamparo.
La ley Nº 23.109 por la que se concedieron distintos beneficios a los excombatientes de Malvinas, y su Decreto Reglamentario Nº 509/88 dejaron establecido que "se considera veterano de guerra a los ex conscriptos que desde el 2 de Abril al 14 de Junio de 1982, participaron de las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, cuya jurisdicción fuera determinada el 7 de Abril del mismo año y que abarca la plataforma continental, Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur y el espacio aéreo y marítimo correspondiente".
Resulta incontrastable que las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación, particularmente las Leyes Nº 22.674, 23.109, 23.490, 23.598, 23.701, 23.716, 23.848, 23.818, todas sin excepción expresan indistintamente los términos "Conflicto del Atlántico Sur", Conflicto Malvinas, Teatro de Operaciones del Atlántico Sur". Es decir todos los efectivos que estuvieron en el TOAS, Teatro de Operaciones Atlántico Sur, en el TOS, Teatro de Operaciones Sur, y/o en el TOM ,Teatro de Operaciones Malvinas, deben ser considerados como ex combatientes a los efectos de los beneficios que las mismas conceden a los que reúnen esa condición.
Es además un principio reconocido por las leyes de la guerra, a partir de los Convenios de Ginebra de 1949 y el Reglamento de La Haya que "Los miembros de las Fuerzas Armadas de un país beligerante que responden a un mando superior de una parte en conflicto son considerados combatientes, con excepción del personal sanitario y religioso"(Protocolo Adicional, art. 43)
Si bien permanecieron en el continente estos conscriptos fueron afectados durante el conflicto a innumerables tareas necesarias en una guerra, como el abastecimiento de municiones, la vigilancia de polvorines y cuarteles, tareas de comunicaciones, artillería, logística, y otros puestos de retaguardia en bases y unidades militares localizadas en la costa patagónica, a disposición absoluta ante eventuales traslados, obedeciendo órdenes bajo el Código de Justicia Militar.
No puede justificarse que una gran cantidad de ex soldados movilizados en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) que se mantuvieron durante el conflicto desplegados en bases y unidades militares de la costa patagónica, a quienes se consideró como ex combatientes durante varios años, entregándoseles condecoraciones y certificaciones oficiales, hayan dejado de ser reconocidos, no puedan acceder a legítimos beneficios y deban permanecer en el olvido.
Las instituciones de la Nación no pueden desoír los reclamos de los ex soldados conscriptos de la guerra de Malvinas, a quienes debemos tutelar en el marco de sus derechos humanos fundamentales, en que se inscribe este proyecto de ley.
Por todos los fundamentos expuestos, y en la firme convicción que se impone sancionar un justo reconocimiento a los soldados conscriptos de Malvinas, pido el apoyo de mis pares al presente proyecto de ley. .
fuente: el malvinense.com
| ||
jueves, 12 de julio de 2012
PROYECTO DE LEY PARA EX SOLDADOS DE MALVINAS
martes, 3 de julio de 2012
DIARIO: CHACO DIA POR DIA .COM
2 Julio 2012
La Cámara confirmó un fallo de primera instancia
El InSSSeP deberá volver a abonar pensión a movilizado de Malvinas
Lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial,
confirmando una sentencia de primera instancia que hizo lugar a una
acción de amparo declarando la inconstitucionalidad de un artículo de la
ley 6347/09.
La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo
Civil y Comercial confirmó una sentencia de primera instancia haciendo
lugar a una acción de amparo que declaró la inconstitucionalidad del
artículo 3 de la ley 6347 y ordenó al InSSSeP que incluya a un ex
movilizado de la Guerra de Malvinas en el listado de beneficiarios de la
pensión graciable y vitalicia para ex soldados chaqueños, convocados y
movilizados al Teatro de Operaciones del Atlántico Sur durante el
conflicto bélico.
En un fallo publicado el 25 de junio último, en el marco del Expediente Nº6152/12 “MEDINA, OSCAR EDUARDO C/INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, SEGUROS Y PRESTAMOS (IN.S.S.SE.P.) S/ACCION DE AMPARO”, las camaristas Marta Inés Alonso de Martina y María Delfina Denogens ratificaron una sentencia del Juzgado Civil y Comercial Nº6 de Resistencia a cargo de la doctora Isabel María Grillo. Así, el ex soldado movilizado de Malvinas Oscar Medina podrá volver a percibir la pensión graciable y vitalicia en carácter de “reconocimiento histórico moral” que cobraba hasta la entrada en vigencia de la ley 6347/09 a partir de la cual entró en situación de incompatibilidad por cobrar otro beneficio previsional provincial, en este caso un retiro por invalidez como ex agente de la policía del Chaco.
El fallo de primera instancia también había ordenado al InSSSeP que abone los beneficios acordados por ley 6347/09 con retroactividad a la fecha de su otorgamiento con más intereses y costas.
Fundamentos
Entre los fundamentos de la sentencia, las camaristas Alonso de Martina y Denogens consignaron que “viola el principio de razonabilidad e igualdad la norma que lo excluye del beneficio (art. 3 ley 6347) por gozar de Retiro por Invalidez (conf. Resol. Nº 1871 del 10.10.2000 dictada por el Directorio del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos)”.Por otro lado, remarcaron que “no debe perderse de vista que el beneficio previsto por la ley provincial 6347, denominado "pensión graciable y vitalicia" para los ex soldados chaqueños, tiene el carácter de Reconocimiento Histórico Moral, de allí que la incompatibilidad prevista en la normativa del art. 3, sesga el objetivo tenido en cuenta en la ley toda vez que el otro beneficio responde a una consideración distinta”. Y agregaron que “el art. 3 mencionado resulta incompatible con el objetivo legal de reconocimiento histórico moral”.
En un fallo publicado el 25 de junio último, en el marco del Expediente Nº6152/12 “MEDINA, OSCAR EDUARDO C/INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, SEGUROS Y PRESTAMOS (IN.S.S.SE.P.) S/ACCION DE AMPARO”, las camaristas Marta Inés Alonso de Martina y María Delfina Denogens ratificaron una sentencia del Juzgado Civil y Comercial Nº6 de Resistencia a cargo de la doctora Isabel María Grillo. Así, el ex soldado movilizado de Malvinas Oscar Medina podrá volver a percibir la pensión graciable y vitalicia en carácter de “reconocimiento histórico moral” que cobraba hasta la entrada en vigencia de la ley 6347/09 a partir de la cual entró en situación de incompatibilidad por cobrar otro beneficio previsional provincial, en este caso un retiro por invalidez como ex agente de la policía del Chaco.
El fallo de primera instancia también había ordenado al InSSSeP que abone los beneficios acordados por ley 6347/09 con retroactividad a la fecha de su otorgamiento con más intereses y costas.
Fundamentos
Entre los fundamentos de la sentencia, las camaristas Alonso de Martina y Denogens consignaron que “viola el principio de razonabilidad e igualdad la norma que lo excluye del beneficio (art. 3 ley 6347) por gozar de Retiro por Invalidez (conf. Resol. Nº 1871 del 10.10.2000 dictada por el Directorio del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos)”.Por otro lado, remarcaron que “no debe perderse de vista que el beneficio previsto por la ley provincial 6347, denominado "pensión graciable y vitalicia" para los ex soldados chaqueños, tiene el carácter de Reconocimiento Histórico Moral, de allí que la incompatibilidad prevista en la normativa del art. 3, sesga el objetivo tenido en cuenta en la ley toda vez que el otro beneficio responde a una consideración distinta”. Y agregaron que “el art. 3 mencionado resulta incompatible con el objetivo legal de reconocimiento histórico moral”.
lunes, 25 de junio de 2012
NOVEDADES DE NEUQUEN (SOLCOYM)
sábado, 23 de junio de 2012
OBJETIVO CUMPLIDO!!!.
En
el día de la Fecha hemos podido asistir a una charla por parte del
Señor Vicepresidente de la Nación Amado Boudou, allí hemos podido
solicitar en forma personal, una audiencia, a efectos de exponer nuestra
lucha, comprometiéndose en breve atendernos.
Demas
esta decir lo que nos a costado llegar hasta nuestro vicepresidente,
dada la cantidad de gente que pugnaba por acercarse a el, pero
finalmente tanto nuestro Presidente Gerardo Avecilla, como nuestro
Tesorero Daniel Lopez, pudieron alcanzar nuestro objetivo.
Tambien,
pudimos dialogar con Nuestro Diputado Nacional Alberto Ciampini, la
Senadora Nacional Nancy Parrilli, a los cuales tambien comprometimos
con sendas audiencias.
Ademas
estuvimos dialogando con el Sr. Concejal Dario Martinez que siempre tan
gentilmente nos ha recibido.y tambien el Dr. Jorge Tobares. muchas
gracias camaradas por la tarea alcanzada
ASOCIACION DE SOLDADOS CONVOCADOS Y MOVILIZADOS POR LA GUERRA DE MALVINAS.
viernes, 8 de junio de 2012
REUNION CON LA DIPUTADA GRISELDA HERRERA Y LA ASESORA DE LA SECRETARIA DE GESTION PREVISIONAL
En el dia de ayer 7 de junio y por espacio de 1 hora estuvimos reunidos nuevamente con la Diputada Nacional de La Rioja, Prof. Griselda Herrera, conjuntamente con la Doctora Florencia Amaya, Asesora de la Secretaría de Gestión Previsional de la Provincia, quien asisitio en representacion de la Secretaria Doc. Sandra Vanni.
En la misma se hablo de trabajar conjuntamente en pos de llevar al Gobernador, DR. Luis Beder Herrera, la problematica de los ex soldados y tratar de ver la posibilidad de ser incluidos en la politica social de la provincia.
Ademas se le hizo entrega de una carpeta a la DIPUTADA como asi tambien a la ASESORA PREVISIONAL, con listados de los integrantes de la asociacion que vienen luchando desde hace mas de 7 años en la busqueda del reconocimiento por parte del estado provincial y nacional.
Se hablo tambien, como venimos haciendolo desde hace meses, de la posibilidad de conseguir una audiencia con el Ministro del Interior Cr. Florencio Randazzo o en su defecto con la Comision Nacional del Ex-Combatiente, recientemente creada.
En lo que respecta al ministro en estos momentos esta abocado a las reuniones que son de dominio publico, con al Gobernador de La Provincia de Buenos Aires, Sr. Daniel Scioli y con el jefe de Gobierno Porteño, Ing. Mauricio Macri, por lo que se convino en quedar para mas adelante una posible audiencia. En tanto con la Comision del Ex-Combatiente se dijo que una vez establecidas sus oficinas en el Ministerio del Interior se veria la posiblidad de asistir a la misma en funcion de hacer conocer las inquietudes de la Asociacion Riojana y como se viene trabajando en la provincia.
Una vez mas estamos en permanente contacto con los funcionarios de nuestra provincia en donde se puede afirmar que se esta consiguiendo el consenso necesario a fin de resolver definitivamente este olvido por parte de los sucesivos gobiernos democraticos.
Un compañero haciendo bromas en la dulce espera!!!!
GRISELDA HERRERA (DIP. NACIONAL)
FLORENCIA AMAYA (ASESORA SEC. GESTION PREVISIONAL)
lunes, 4 de junio de 2012
El Gobierno declaró "ilegales y clandestinas" a cinco petroleras que operan en Malvinas
Son Rockhopper, Desire, Argos, Falkland Oil and Gas y Borders & Southern Petroleum. Es porque realizan tareas de exploración sin autorización de la Argentina.
04/06/12 - 11:48
En lo que busca ser un paso de una estrategia legal contra la
exploración y eventual explotación petrolera en las Malvinas autorizadas
de manera unilateral por el gobierno kelper de las islas, el Gobierno
argentino declaró "ilegítimas y clandestinas" tanto a las tareas que
realizan en la plataforma continental cinco petroleras como a esas cinco
compañías-
La decisión fue comunicada en cinco
resoluciones de la Secretaría de Energía publicadas hoy en el Boletín
Oficial. Las cinco empresas denunciadas son Rockhopper –en la que tienen
participación, entre otros, los bancos Creditt Suisse y UBS-, Desire
Petroleum, Argos Resources, Falkland Oil and Gas y Borders &
Southern Petroleum.
En los considerandos de la medida
se indica que esas empresas, que realizan tareas de exploración en las
Malvinas, "no cuentan con una autorización, concesión o permiso otorgado
por las autoridades competentes del gobierno argentino" y que, por lo
tanto, sus actividades "resultan ilegítimas y clandestinas".
La
medida afirma que ya se les había dado a las compañías un plazo de 10
días para que realizaran sus descargos, pero que los planteos no
tuvieron ninguna respuesta. Y añade que "todo lo obrado ha sido en el
marco del firme propósito de poner en marcha todas las acciones legales,
judiciales o administrativas en defensa de los legítimos derechos de la
República Argentina".
"La declaración de
clandestinidad dará lugar al inicio inmediato de las acciones civiles y
penales contra las citadas empresas, las que incluyen imputación de
delitos aduaneros y fiscales, así como la aplicación de las sanciones
administrativas", indicó la Cancillería en un comunicado.
Con
el 30 aniversario de la guerra de 1982 como contexto, Gran Bretaña y la
Argentina se involucraron desde el año pasado en una escalada
diplomática en torno a la disputa por la soberanía de Malvinas. La
escalada comenzó, justamente, por la decisión del gobierno británico de
las islas de otorgar permisos de exploración petrolera en la plataforma
continental que reclama la Argentina.
jueves, 10 de mayo de 2012
COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES
EL PAIS › DESIGNARON A ERNESTO ALONSO EN LA COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES
Un cambio de paradigma por Malvinas
Alonso es uno de los ex combatientes que impulsan las denuncias contra militares por los estaqueamientos durante el conflicto. Su designación significa dejar de lado a los sectores de veteranos que reivindican la guerra.
Ernesto Alonso, ex conscripto de la guerra de Malvinas y hoy uno de los impulsores del juicio contra los militares acusados de haber estaqueado soldados, fue nombrado por la Casa Rosada como nuevo titular de la Comisión Nacional de Ex Combatientes. La comisión había estado, desde el menemismo hasta 2003, a cargo de los sectores de veteranos con un discurso más belicista, de reivindicación de la guerra. Desde la llegada del kirchnerismo al poder la comisión estaba intervenida. Ahora, además de designar a Alonso como su nuevo presidente para normalizarla, el Gobierno le dio un cariz civil: se ocupará exclusivamente de los reclamos de los ex conscriptos y del personal no militar. El manejo de las políticas para los militares que estuvieron en la guerra quedará a cargo del Ministerio de Defensa.
La designación de Alonso fue publicada en el Boletín Oficial, bajo el decreto 542, con la firma de la presidenta Cristina Kirchner. Alonso estará acompañado por los veteranos Juan José Fernández, Carlos Martín Zini e Isidoro Abel Rausch, y en representación de los familiares caídos en combate fue designada Norma Gómez.
“Se está construyendo un nuevo paradigma sobre Malvinas”, dijo ayer Alonso a Página/12. “Como la Presidenta expresó, se trata de poner en el eje del reclamo por Malvinas la democracia y la soberanía. La guerra fue la acción más desmalvinizadora de nuestra historia. No podemos recuperar la soberanía reivindicando la dictadura ni la guerra. Hoy estamos reconstruyendo un proceso en el que existe una voluntad política no sólo de recuperación efectiva de las islas, sino de transitar un camino de memoria, verdad y justicia, de reconocimiento a todos los soldados conscriptos y civiles que fueron convocados a la guerra.”
La Comisión Nacional de ex Combatientes nació por el reclamo de los veteranos. Su creación comenzó a ser pedida por ellos a fines de los ’80, ante la necesidad de tener un espacio desde donde generar políticas públicas para los sobrevivientes de la guerra y los familiares de los caídos. Este planteo fue reconocido por Carlos Menem, que siendo presidente creó la comisión, pero entregándole su manejo a los sectores de veteranos ligados a los carapintada. Durante muchos años, la Federación de Veteranos de guerra estuvo bajo el liderazgo del hoy fallecido Mohamed Alí Seineldín. Durante el menemismo, el titular de la comisión fue César Trejo, ex combatiente referenciado en el sector de los ex veteranos con la postura más belicista, de exaltación de la guerra. Este sector, ligado a grupos de militares retirados y en actividad, simpatizantes de la dictadura, siempre rechazó el planteo de los conscriptos que denunciaron haber sido víctimas de estaqueamientos y malos tratos durante la guerra.
La otra corriente de ex combatientes, de la que Alonso es una de sus figuras, recién en los últimos años ha logrado ser reconocida. Está integrada mayoritariamente por los soldados que fueron a Malvinas por haber estado haciendo entonces el servicio militar. El movimiento tiene una intención nítida de correrse de la reivindicación de la guerra. Viene trabajando para impulsar la causa judicial contra los militares que cometieron vejámenes contra los soldados y con reclamos como la identificación de los cuerpos enterrados como NN en el cementerio de Darwin.
Más que interna, lo que hay como trasfondo es disputa ideológica, una pelea sobre la construcción del sentido de la reivindicación de la soberanía sobre las islas. El cambio en la integración de la Comisión Nacional de Ex Combatientes, que ya no tendrá representantes militares, ni se ocupará de sus reclamos, va en esa dirección
martes, 8 de mayo de 2012
REUNION CON LA DIPUTADA NACIONAL PROF. GRISELDA HERRERA
En el dia de ayer y por espacio de 1 hora los integrantes de la Asociacion Veteranos La Rioja por Malvinas , estuvieron reunidos con la Diputada Nacional por La Rioja, profesora Griselda Herrera.
En dicha reunion se planteo todo lo sucedido a nivel nacional con la antigua Comision Nacional del Ex Combatiente, que era intervenida y dirigida por Rodolfo Cortes, y que mediante Decreto Presidencial 542/12 se normalizó.
Recordemos que la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas dependerá del
Ministerio del Interior y estará integrada por: Cuatro Ex Combatientes
propuestos por el Ministerio del Interior, para su designación por el
Poder Ejecutivo Nacional, quien nombrará entre ellos al Presidente de la
Comisión.
También estará integrada por un representante de los familiares de los
caídos en combate propuesto por el Ministerio del Interior y designado
por el Poder Ejecutivo Nacional; un representante del Instituto Nacional
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP - PAMI), un
representante de la Administración nacional de la Seguridad Social
(ANSES), un representante de la Cancillería, un representante del
Ministerio de Desarrollo Social, uno del Ministerio de Trabajo, uno del
Ministerio de Educación, uno del Ministerio de Salud y un representante
del Ministerio del Interior.
Hasta tanto se complete la integracion de la comision, la Diputada Nacional gestionara una reunion con el Ministro del Interior Florencio Randazzo, y junto a 4 integrantes de la asociacion viajaran en fecha a determinar a la ciudad de Buenos Aires, a tal fin.
En el orden provincial en el dia de la fecha se reunira con el Gobernador, Dr. Luis Beder Herrera, a fin de ver la posibilidad de gestionar momentaneamente las ayudas necesarias solo para aquellos que se movilizan y trabajan en pos de la causa.
GRACIAS GRISELDA POR ESCUCHARNOS!!!!!!!!
Agradecemos tambien a canal 9, a notiriojatv.com.ar y a datarioja.com/ por la cobertura periodistica de la reunion.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)