martes, 24 de abril de 2012

Reconocen como veterano a quien no estuvo en Malvinas


24 abr, 2012 | 5:30 Hs. | Por | Categoría: Destacado Justicia  
La Cámara Federal de Córdoba otorgó esa calidad a un ex conscripto, pese a que no entró en contacto efectivo con el enemigo.
La Cámara Federal de Córdoba reconoció a un ex combatiente de Malvinas la calidad de veterano de guerra, pese a no haber entrado en contactos efectivo con el enemigo, sosteniendo que “no puede una ubicación geográfica determinar la calidad de combatiente o veterano, o si le corresponde o no determinado beneficio”.
“¿Por su ubicación geográfica, la participación en el conflicto fue más o menos importante? ¿En una guerra, no forman todos los partícipes un complejo engranaje donde cada cual, en cada puesto debe funcionar correctamente para que el mismo funcione? ¿Durante el desarrollo del conflicto bélico puede uno aseverar quién tiene más importancia si el piloto o el mecánico, no forman parte ambos de un equipo difícil de separar?”. Éstos y otros interrogantes se plantearon los magistrados para ordenar al Ministerio de Defensa, Departamento de Veteranos, que expida el certificado correspondiente a Daniel Salgado para que pueda tramitar el beneficio de “complemento mensual de ex combatiente” y quedar comprendido en los beneficiarios del decreto 1244/98, y una vez retirado, dentro de la ley 23848.
“Ha quedado claramente acreditado que el actor fue movilizado del destino, donde se encontraba prestando servicios a la Base Aérea de Comodoro Rivadavia, con funciones específicas defensivas y de reaprovisionamiento, dentro del plan de batalla del conflicto en cuestión, de donde partían y a la cual llegaban las diferentes aeronaves, con alerta roja permanente y con las tareas puntuales a las que estaban sujetos a raíz de ello (…) todo independientemente del lugar geográfico donde desempeñó sus funciones y del puesto de batalla que se le asignó”, refirió la Alzada.
“Por consiguiente, es sólo una cuestión territorial la que excluye al actor de cobrar el complemento mensual asignado a los ex combatientes, ya que fue movilizado al sur, trabajando en condiciones climáticas adversas, sometido a esfuerzos y presiones psicológicas propias del combate (…) y, si bien no le tocó combatir en el frente contra el enemigo, cumplió funciones de vital importancia”, resaltó el fallo.
Legislación
En consecuencia, “siendo que a través del dictado de la ley 23109 y de la serie de leyes que le siguieron se buscó compensar, de alguna manera, a través de diferentes beneficios, a los que participaron en el Conflicto de Malvinas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982; que el decreto 1244/98 instauró un complemento mensual para el personal de la administración pública que acredite la condición de ex combatiente en las acciones bélicas del Atlántico Sur, y que el art. 1 de la ley 24892 amplía la pensión a los oficiales y suboficiales retirados que cumplían con la condición de veteranos de guerra, pero circunscribiendo el complemento y el beneficio a los que se encontraban dentro del TOM (Teatro Operaciones Malvinas) y TOAS (Teatro de Operaciones del Atlántico Sur), requisito este último que atenta contra la garantía prevista en el art. 16 de la CN, es decir, la igualdad, ya que refiere un trato desigual para el actor, quien estuvo en ‘estado de guerra’ dentro del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, concluyo que corresponde declarar su inconstitucionalidad por violar expresamente el precepto constitucional referido”.
 
fuente:
 http://www.comercioyjusticia.com.ar/2012/04/24/reconocen-como-veterano-a-quien-no-estuvo-en-malvinas/
 

jueves, 19 de abril de 2012

URGENTE: PRENSA DE PRESIDENCIA DE LA NACION

La Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas dependerá del Ministerio del Interior

El Poder Ejecutivo Nacional adecuó la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas a las necesidades actuales de los Veteranos de Guerra, por decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, en el que dispuso que dependa del Ministerio del Interior, que podrá conformar un consejo asesor federal.
El Poder Ejecutivo Nacional, por Decreto 542/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, adecuó la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas a las necesidades actuales de los Veteranos de Guerra y dispuso que pase a depender del Ministerio del Interior.
Expresa que desde la vigencia del Nº 1741/94 se han dictado varias normas, tanto Leyes como Decretos, que tratan sobre diversos aspectos que atañen a los Veteranos de la Guerra por las Islas Malvinas, por lo que se torna conveniente modificar los objetivos de dicha Comisión.
Precisa que a raíz de las diversas reformas en la estructura funcional del Poder Ejecutivo Nacional han variado e incluso dejado de existir diversos organismos que integraban la Comisión, por lo que se torna ineludible modificar su integración.
Agrega que en el marco de adecuación se estima conveniente que la aludida Comisión se integre con representantes del Estado Nacional con distintas competencias, de modo de abarcar todos los aspectos concernientes a la temática abordada.
En el mismo sentido procede la modificación de la integración de la Comisión con asociaciones que le den carácter federal y tengan distintas ópticas de la cuestión.
Por ello la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas tendrá por objeto: a) Representar al Estado Nacional en su relación con las distintas organizaciones o asociaciones que nucleen a los ex combatientes civiles (ex Soldados Conscriptos y personal civil que prestó tareas de apoyo durante el conflicto bélico) y familiares de caídos en combate. b) Crear y llevar un registro actualizado de las entidades referidas en el punto anterior. c) Recopilar y ordenar toda la información existente en el ámbito del Estado Nacional, provincial y municipal, sobre programas de salud, empleo, vivienda, acción social, capacitación y toda otra materia que resulte de interés para los ex soldados conscriptos y civiles convocados que hayan participado activa y efectivamente en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. d) Estudiar y recomendar la elaboración de normas, proyectos o acciones que resulten de especial interés para los ex combatientes de Malvinas. e) Analizar la totalidad de la normativa vinculada con los beneficios sociales que se otorgan a los ex combatientes de Malvinas en distintas jurisdicciones, procurando su unificación para evitar discriminaciones entre éstos. f) Organizar en coordinación con el Ministerio de Relaciones exteriores y Culto, en los aspectos de su competencia específica, los viajes a realizar a las Islas Malvinas de los familiares de los caídos en combate”.
La Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas dependerá del Ministerio del Interior y estará integrada por: Cuatro Ex Combatientes propuestos por el Ministerio del Interior, para su designación por el Poder Ejecutivo Nacional, quien nombrará entre ellos al Presidente de la Comisión.
También estará integrada por un representante de los familiares de los caídos en combate propuesto por el Ministerio del Interior y designado por el Poder Ejecutivo Nacional; un representante del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP - PAMI), un  representante de la Administración nacional de la Seguridad Social (ANSES), un  representante de la Cancillería, un  representante del Ministerio de Desarrollo Social, uno del Ministerio de Trabajo, uno del Ministerio de Educación, uno del Ministerio de Salud y un representante del Ministerio del Interior.
Cada miembro de la Comisión tendrá derecho a un voto, salvo el Presidente que tendrá doble voto en caso de empate. La actuación de todos los integrantes de la Comisión tendrá carácter “ad honorem”.
La Comisión elaborará su propio Reglamento Interno de funcionamiento que deberá ser aprobado por el Ministerio del Interior.
La Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas podrá conformar un Consejo Asesor con carácter federal, integrado por representantes de asociaciones que agrupen a ex combatientes o familiares de caídos, cuyas recomendaciones no tendrán carácter vinculante respecto de las decisiones que dicte la Comisión. Su constitución, integración y funcionamiento constará en el Reglamento Interno que elabore la referida Comisión.
La labor de los integrantes del referido Consejo Asesor tendrá carácter “ad honorem”.
La Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas queda autorizada a gestionar la adscripción de los funcionarios de organismos dependientes del Poder Ejecutivo, Fuerzas Armadas y de Seguridad, Organismos Provinciales, y/o Municipales, Entes Autárquicos u Organismos descentralizados que estime conveniente, con sujeción a las normas legales y reglamentarias vigentes, a cuyo efecto será autoridad competente el Ministerio del Interior.
El Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad entenderán respecto de sus integrantes con estado militar, policial y/o de seguridad en todas las cuestiones relacionadas con quienes participaron en el Conflicto Bélico del Atlántico Sur.
El decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina y el ministro del Interior, Florencio Randazzo.

viernes, 13 de abril de 2012

PROYECTO DE RECONOCIMIENTO A LOS CONSCRIPTOS CONTINENTALES - GUERRA DE MALVINAS

SECRETARIA PARLAMENTARIA
Dirección Secretaría
Dirección Comisiones
Dirección de Información Parlamentaria.
Para mayor información dirija su consulta a la Dirección de Información Parlamentaria

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  • PROYECTO DE LEY
    Iniciado: Diputados Expediente: 0665-D-2012
    Publicado en: Trámite Parlamentario nº 8 Fecha: 13/03/2012

    RECONOCIMIENTO HISTORICO A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS CONTINENTALES DE LA GUERRA POR LAS MALVINAS ARGENTINAS (REPRODUCCION DEL EXPEDIENTE 5451-D-10).
    FIRMANTES:
    CARRIO, ELISA MARIA AVELINACOALICION CIVICA - ARICIUDAD de BUENOS AIRES
    TERADA, ALICIACOALICION CIVICA - ARICHACO
    RE, HILMA LEONORCOALICION CIVICA - ARIENTRE RIOS
    GIRO A COMISIONES EN DIPUTADOS:
    DEFENSA NACIONAL
    PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
    PRESUPUESTO Y HACIENDA

lunes, 9 de abril de 2012

EL PADRON QUE NADIE TOCA -- LOS V.G.M. TRUCHOS

Veteranos de Malvinas: un padrón inflado que no se toca

Por Natasha Niebieskikwiat

Desde que terminó el conflicto, ya se duplicó. En el medio está el reclamo de los “continentales”.
Hay verdades establecidas de la guerra de Malvinas que siguen inquebrantables aunque dudosa sea su fuente. El engorde los padrones de veteranos de guerra en los años noventa es uno de ellos. Y pocos cuestionan por qué, al finalizar el enfrentamiento bélico con el Reino Unido eran 10.000 las personas involucradas directamente en el escenario de guerra, y hoy, treinta años después, más de 22.000 . El reconocimiento representa por cierto un importante aporte del fisco a quienes dicen haber combatido en Malvinas.
Desde el vamos habría que empezar a pensar en un desembolso federal de 110 millones de pesos como parte de las pensiones nacionales que se basan en tres jubilaciones mínimas para cada veterano. A ello se agregan otros subsidios provinciales y estatales, y pensiones honoríficas que en muchos casos llegaron a cobrar militares con causas judiciales abiertas por violaciones a los derechos humanos y sin sentencia, hasta que grupos de ex soldados pusieron el grito en el cielo en Balcarce 50.
Basta un paneo a los listados oficiales históricos para encontrarse con que la única fuerza que no varió la cantidad de personal destinada al escenario bélico de Malvinas desde 1982 en adelante fue el Ejército, mientras que la Marina metió a unas 10.000 personas y la Fuerza Aérea a unos 500.
Si bien de 1982 a 1992 el padrón oficial ya pasó de 10.000 a 14.000 veteranos, el gran cambio –y desde entonces inamovible- se produjo en el año 1994, cuando el Consejo de Oficiales Superiores de la Armada Argentina logró incorporar al sistema de pensiones todo el personal de los buques mercantes, de transportes, corbetas y pesqueros sin que se estableciera si ello cumplía o no con la ley 23.109 y su decreto reglamentario, de 1988. La legislación estableció como beneficiarios de la pensión de guerra a los ex soldados conscriptos de las Fuerzas Armadas y los oficiales y suboficiales de las tres fuerzas, de la Prefectura, la Gendarmería que estuvieron en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) -el archipiélago propiamente dicho- o que entraron en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS ) entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
Ya desde entonces, los soldados consideraron un insulto lo que a rienda suelta se veía como una moneda de intercambio entre el gobierno de Carlos Menem y las fuerzas armadas. La manera irregular en que se incluyó a personas que estuvieron muy indirectamente vinculadas a la guerra también generó quejas en las fuerzas como las del ex jefe del Ejército, Martín Balza. Aún siendo miembro del gobierno de Menem, Balza reclamó que la lista de veteranos difería “sustancialmente con los datos históricos conocidos”.
Desde hace años, la intervenida Comisión Nacional de Ex Combatientes –salpicada en los 90 por hechos de corrupción- está a cargo de Rodolfo Cortés, un funcionario de bajo perfil, arisco a la prensa. Desde su despacho en el Ministerio del Interior, hoy al mando de Florencio Randazzo, es de donde se atiende a quienes estuvieron en Malvinas, pero también a los “movilizados”. Estos son aquellos miles de jóvenes que hacían el servicio militar obligatorio durante 1982 y que estuvieron asignados en bases militares y otros destacamentos militares.
Hace unos años los autobautizados “veteranos continentales” comenzaron a pedir reconocimiento y pensiones amparándose también en los irregularmente engordados padrones oficiales. Gozan por cierto de respaldo no visibles de sectores militares en situación similar para 1982. Hasta ahora la orden del Ejecutivo es ni pan ni agua.

FUENTE: DIARIO CLARIN  9/4/12